NORMATIVA

REFORMA LABORAL 2022

REAL DECRETO-LEY 32/2021 (EN ADELANTE, RDL 32/2021), DE 28 DE DICIEMBRE, SOBRE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA LABORAL, LA GARANTÍA DE LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO Y LA TRANSFORMACIÓN DEL MERCADO DE TRABAJO

Ha entrado en vigor la reforma laboral que fundamentalmente modifica la legislación en materia de contratación temporal, convenios colectivos, subcontratación y ERTE.

Así va a prevalecer el convenio sectorial sobre salarios y complementos salariales por encima del convenio de empresa

  • Desaparecen los contratos de obra y servicio gestionándose los contratos temporales exclusivamente para :
    • Situaciones ocasionales, previsibles y de duración reducida y delimitada(durante un periodo de 90 días, nunca de manera continuada)
    • Sustitución de persona trabajadora con reserva de puesto de trabajo (hasta la reincorporación del sustituido).
    • Situaciones ocasionales, previsibles y de duración reducida y delimitada(durante un periodo de 90 días, nunca de manera continuada
  • Las personas trabajadoras que en un periodo de veinticuatro meses hubieran estado contratadas durante un plazo superior a dieciocho meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, , adquirirán la condición de personas trabajadoras fijas
  • Aparecen sanciones mas graves para la contratación temporal fraudulenta
  • Tenemos un periodo de adaptación hasta el 30 de marzo de 2022

REAL DECRETO-LEY 32/2021 (EN ADELANTE, RDL 32/2021), DE 28 DE DICIEMBRE, SOBRE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA LABORAL, LA GARANTÍA DE LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO Y LA TRANSFORMACIÓN DEL MERCADO DE TRABAJO.

ENTRADA EN VIGOR:

*** El RDL debe ser convalidado por el Congreso en el plazo de un mes desde su publicación, en el caso de que el Gobierno no alcance los acuerdos suficientes con otros partidos, el RDL decaerá.

MATERIAS DE LA REFORMA

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